El Gobierno de Navarra, a través del Departamento de Fomento y Vivienda, concede ayudas a los promotores de actuaciones protegibles de rehabilitación.
Normativa:
- Decreto Foral 61/2013, del 18 de septiembre.
- Ley Foral 22/2016 de 21 de diciembre.
Objeto: Fomentar la rehabilitación de edificios y viviendas
Trámite:
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- Presentación de la documentación.
- Obtención de la calificación provisional.
- Comienzo de obras.
- Obtención de la calificación definitiva.
- Resolución del abono de la subvención.
Tipo de obras protegibles:
– Edificio: cubierta, fachadas, estructura, portal-escaleras, instalaciones, mejora de la envolvente térmica… eliminación de barreras: ascensor, rampas…
– Vivienda: Obtención de condiciones de habitabilidad, adecuación de instalaciónes, aislamiento, carpintería exterior… Reforma de baño, cocina, carpintería interior…
Condiciones requeridas:
- Que el edificio tenga más de 20 años, salvo que sea una adaptación para personas con minusvalía motriz y la obra no haya comenzado.
- Que no se vacíe totalmente, manteniendo el 40% de los forjados horizontales salvo excepciones (edificios catalogados…).
- Que las viviendas, una vez rehabilitadas, tengan condiciones adecuadas de habitabilidad.
- Que el presupuesto protegible de la obra supere los 2.000€ por vivienda sin IVA.
Ayudas:
a) INDIVIDUALES: Dos tipos de ayudas individuales: presupuestos de más de 10.000€ sin IVA y presupuestos de menos de 10.000€ sin IVA (expedientes de obra menor)
- Subvención: del 0% al 45%.
- Préstamo.
– Interés: según convenio anual.
b) A LA COMUNIDAD:
- Ascensores del 20% al 60%.
- Mejora de le envolvente térmica: 40%.
Documentación a entregar para solicitar ayudas (*Por duplicado):
Para la obtención de la calificación provisional
- Fotocopia DNI.
- Nota Simple registral de titularidad de la vivienda o del edificio.
- Presupuesto con mediciones y precios o proyecto técnico en caso necesario ( actuación estructural, creación de vivienda…).
- Solicitud licencia obras.
- Copia Declaración del IRPF
- IEE (Informe de evaluación de edificios) en el caso en que el edificio lo necesite.
Se debe obtener la calificación provisional para comenzar las obras
Para obtener la calificación definitiva
- Facturas y justificante de pago.
- Licencia obras.
- Solicitud de abono por transferencia (solicitar en el banco).
- Certificado de empadronamiento.
Periodo del tramite: 40 días
Impresos a rellenar
- Declaración jurada.
- Solicitud de calificación provisional.
- Terminación de obras.
Descargar impresos en el siguiente enlace.
Información complementaria en el siguiente enlace.